Desde que los seres
humanos se han organizado en grupos sociales, algunas personas han tenido
comportamientos que son contrarios a los dictados en ese momento, de manera
oficial o no oficialmente, por la estructura organizacional.
Considero importante mencionar
esta “oficialidad” de lo establecido, ya que un comportamiento que se encuentra
desviado de las leyes oficiales se considera un delito, pero si no existe una
ley determinada que dicte que algo se debe o no hacer, es simplemente una
conducta que posiblemente no agradará a otros dentro del grupo, incluso
arriesgando que la persona que se involucre en las mismas sea rechazada por el
resto de la sociedad. Esto no significa, sin embargo, que la conducta o la
persona como tal sean consideradas delictivas.
Entonces, por el contexto
del curso y de este tema en particular, se entiende que de ahora en adelante,
cualquier mención a conducta desviada se referirá a conductas que se salgan de
lo establecido por la ley, cualquiera que fuera la misma en el momento
histórico que se esté discutiendo.
Desde la época antigua
y la edad media, y quizá desde antes, sin que tengamos los documentos
específicos para comprobarlo, ha habido un interés por comprender el delito y
por la lucha contra el mismo. Según Lacayo Rojas (s.f), entre los filósofos que
tocaron este tema se encuentran Hesiodo, Pitágoras, Heráclico y Protágoras,
además de los tal vez más conocidos Sócrates,
Platón y Aristóteles.
Superficialmente, deseo
mencionar los pensamientos generales que expresaron algunos de estos filósofos
sobre el tema. Para Platón, el crimen era un producto del medio ambiente. Es
decir, factores externos, tales como la pobreza, eran fundamentales al intentar
comprender la criminalidad en una sociedad. Aristóteles, por su parte, coincide
con Platón en estos elementos externos, pero era de la línea de pensamiento de
que los delitos más graves se cometen para obtener cosas superfluas, y no
absolutamente necesarias para la supervivencia. Además, añade una relación
entre la configuración del cuerpo y las facultades mentales, conocida como
fisionomía. (Hikal, 2009).
La fisionomía fue una
teoría que se centra en el hombre y en sus rasgos faciales, de los cuales, en
teoría, se podía presuponer su personalidad, mente y emocionalidad (Hikal,
2009). Según el mismo autor, la misma
cobró importancia en el siglo XVI de la mano del autor Della Porta, pero fue
Lavater el verdadero impulsor de este pensamiento con un libro publicado en
1820 en el cual
“realiza
una descripción de los hombres de maldad natural. Mantiene que todo aquello que
acontece en el alma se manifiesta en el rostro, la belleza o la fealdad de la
cara tiene justa recompensa con la bondad o maldad de su espíritu. Establece
una correlación entre determinadas cualidades del individuo y los órganos o
partes de su cuerpo” (Hikal, 2009, p. 28).
Considero muy
interesante que, de todos los autores que se estudiarán para la presente
publicación, Aristóteles es el único que hasta el momento ha mencionado el qué
se obtiene por medio del delito. Generalmente, como se verá en el resto de este
ensayo, se discuten los posibles orígenes de la delincuencia, sean estos
internos o externos, pero poco es discutido sobre qué se obtiene directamente
por medio del delito, cuales son o podrían ser consideradas las ganancias del
mismo.
Esto toma importancia
especial, personalmente, ya que los delitos no son solamente cometidos por
miembros de clases bajas, y aunque se menciona constantemente el factor de la
pobreza y el estatus socioeconómico, es sabido que miembros de clases más altas
cometen este tipo de infracciones también, como se puede ejemplificar con el
caso conocido como el “Cementazo”, en el cual los participantes son todos de
clases sociales altas:
La
primera línea de pensamiento en la que deseo ahondar para esta entrada es el
conocido como Pensamiento Utópico, del cual el principal expositor es Tomás
Moro (1478-1535), quien desarrolló su labor desde finales del siglo XV hasta
principios del XVI (Hikal, 2009)
Tomás Moro |
Esta
línea de pensamiento consideraba que el crimen era una consecuencia de la
mezcla de diversos factores externos y de todo tipo, que variaban desde lo más
personal, por ejemplo la posición socioeconómica, que se considera el factor
más importante (Alvarez et al., 2012), hasta factores políticos como la guerra,
probablemente por los posibles cambios que una situación así puede generar en
el país, en su estilo de vida y en sus habitantes.
Otra línea de
pensamiento durante la época fue, en general, la de la Ilustración. Durante
esta época, se dio un cambio importante en la forma de analizar el mundo que
nos rodea, buscando explicar los acontecimientos y situaciones con la razón.
Esta nueva manera de ver el mundo se infiltró también en las ciencias sociales,
incluyendo claramente a la criminología y al estudio de la delincuencia.
Uno de los principales
contribuyentes a este tema fue Césare Beccaria (1738-1794), quien en 1774
publicó la obra “De los delitos y las penas”. Este pensador criticó fuertemente
la arbitrariedad, crueldad, y vitalmente debido a la época, la
irracionalidad de las leyes de su siglo. Él parte de las ideas de Rousseau
sobre el contrato social, para el cual el ser humano es bueno por naturaleza
siendo la sociedad el problema. El objetivo del contrato social es lograr la
felicidad de los seres humanos y su plenitud, y es por esto que las leyes deben
buscar evitar el delito, más que concentrarse en evitarlo cuando este ya ha
sucedido. Aun así, para este autor la pena al cometer un delito se justifica
por su necesidad de prevenir lo mismo en el futuro (Alvarez et al, 2012),
Cesare Beccaria |
Los
principales enunciados de este autor son los siguientes:
1.
Que las leyes sean claras y simples.
2.
Que haya un predominio de la libertad y la razón sobre el oscurantismo.
3.
Que haya un funcionamiento ejemplar de la justicia, libre de corrupciones.
4.
Que haya recompensas al ciudadano honrado.
5.
Aboga por una elevación de los niveles culturales y educativos del pueblo. (Hikal,
2009, p.29)
Este autor propone dos
cosas que considero especialmente importantes e interesantes, una de las cuales
todavía se considera vital. Me refiero específicamente a la importancia de la
educación en relación con la erradicación de la violencia, que considero es
todavía un tema central en la manera en la que actualmente se busca solucionar
la criminalidad, y a las llamadas recompensas para el ciudadano honrado, donde
se entra ya en un tema que podría relacionarse con el conductismo. Es entonces
la idea no sólo de castigar la conducta desviada, sino de activamente premiar
la conducta “buena” (o la que en ese momento es cobijada bajo la ley) para
promoverla entre los ciudadanos.
En las fuentes
utilizadas para este escrito no hay mención específica de qué tipos de
recompensas consideraba Beccaria fueran apropiadas, y sería sumamente atrayente
ahondar en la posibilidad que esta propuesta tiene, cuáles han sido sus
detractores, ver qué tan posible sería algo así aplicado en una civilización
establecida, o si en efecto existen recompensas que pasamos por alto y se
encuentran integradas en nuestra cotidianeidad. ¿Qué ganamos al no ser
delincuentes? ¿Existe algo por ganar, o es simplemente nuestra naturaleza base
ser buenos, como propone Rousseau, y al no infringir contra el status quo podemos
continuar viviendo nuestra vida “libremente”?
Otros autores de esa
época fueron el ya mencionado Rousseau, acompañado de sus compañeros igualmente
conocidos y estudiados Montesquieu y Voltaire. Para el primero, la prevención
del delito es más importante que el castigo del mismo, y por lo tanto las leyes
penales deben dirigirse a proteger al individuo y evitar el crimen. Por su
lado, Voltaire propone que la pena debe ser proporcional. Proporcional al
delito, a su autor y su personalidad, y a la naturaleza del hecho, por ejemplo.
Este enunciado, que
podría parecer simple y hasta obvio, ha probado ser hasta el día de hoy,
difícil de alcanzar al 100% aunque como sociedad nos gustaría pensar lo
contrario. Un ejemplo de esto se puede observar en la pena dada a Cyntoia Brown
por el asesinato de un hombre de apellido Allen en el 2004. Brown, entonces de
16 años, era víctima de tráfico sexual, obligada a prostituirse, y Allen, de 43
años, era uno de sus “clientes”.
A pesar de una larga
historia de abuso durante la niñez y el ya mencionado tráfico sexual y
prostitución infantil, Brown fue condenada a cadena perpetua y podría optar por
libertad condicional cuando tenga 69 años de edad.
Este es un caso en el
cual es difícil pensar que la pena dada a esta entonces niña fuera justa y
tomara en consideración su historia de vida, a pesar de que el crimen como tal
fuera uno de los más, si no el más, rechazado por la sociedad. Es notable como
el crimen como tal no es lo único importante, sino el contexto en el cuál se da
el mismo.
Más información
relacionada se puede obtener en el siguiente enlace:
Por último, me gustaría
mencionar al autor Manuel de Lardizábal y Uribe (1739- 1820), el primer español
en criticar las leyes penales de España, con su obra “Discurso sobre las penas”
de 1782. Este intelectual se centró en el análisis de las penas, y clasificó
los tipos de delito en delitos contra la religión, las costumbres, la
tranquilidad y la seguridad pública o privada (Alvarez et al, 2012)
Manuel de Lardizábal y Uribe |
Además,
En
materia de Derecho Penal aporta proposiciones que hoy en día parecen totalmente
evidentes, pero en el S.XVIII no lo eran, como la no penalización de los actos
internos, habrá delito sólo a partir del instante en que se realicen algunas
acciones exteriores. Propugna que la pena se imponga exclusivamente a la
persona que ha cometido el delito, no puede imponerse pena alguna a persona
distinta del que haya cometido el delito. Tiene que producirse un daño o un
perjuicio, y que este daño se haya causado voluntariamente con malicia o culpa,
ya que faltando estos dos elementos no hay moralidad (voluntariedad) en las
acciones humanas, por lo tanto no hay imputabilidad. (Alvarez et al, 2012,
p.32)
También
le da un peso importante al concepto de proporcionalidad mencionado
anteriormente, bajo el cual las penas son útiles socialmente hablando cuando son
proporcionales al delito cometido.
En conclusión, el
estudio de la criminalidad ha sido parte de la sociedad desde que los seres
humanos viven en conjunto, pero este estudio ha ido evolucionando y creciendo
conforme el pensamiento en general ha ido cambiando. Nuevas formas de analizar
el mundo conllevan inevitablemente nuevas formas de analizar aquellas cosas que
consideramos negativas también.
Fuentes bibliográficas
Álvarez Díaz de León,
G., Montenegro Núñez, M. y Martínez, J. (2012). Textos de apoyo didáctico: Notas para la Historia de la Criminología.
Facultad de Psicología, UNAM.
[Fotografía de Cesare
Beccaria]. (ca. 1738-1794). Wikipedia. Recuperado de https://en.wikipedia.org/wiki/Cesare_Beccaria
[Fotografía de Manuel
de Lardizábal y Uribe]. (ca. 1739- 1820). Esacademic. Recuperada de http://www.esacademic.com/dic.nsf/eswiki/807838
[Fotografía de Tomás
Moro]. (ca. 1478-1535). Fundación Tomás Moro. Recuperado de http://fundaciontomasmoro.es/humanismo/santo-tomas-moro-1478-1535/
Hikal, W. (2009). Resumen:
Introducción al estudio de la
criminología. EUNED.
Lacayo Rojas, E. (s.f.)
Fundamentos de Criminología.
Murillo, A. (2018). Un
caso de corrupción desata una crisis judicial en Costa Rica. El País.
Recuperado de https://elpais.com/internacional/2018/07/22/america/1532280304_936728.html
Villalonga, C. (2017).
Esta es la historia de Cyntoia Brown, la mujer condenada a cadena perpetua por
matar a su violador a los 16 años. La Vanguardia. Recuperado de https://www.lavanguardia.com/internacional/20171122/433077432356/cyntoia-brown-cadena-perpetua-matar-violador-16-anos.html
Hola Daniela... me gustó la forma en que abordó el tema al respecto de la afectación del individuo debido al entorno socio-económico, varios autores se han referido a eso como una de las causas principales de las altas tasas de criminalidad en muchos países.
ReplyDeleteMe gustaría saber que valor le da usted a la predisposición biológica o genética que hereda el individuo de sus ancestros y lo "programen" para ser una persona propensa al cometer actos criminales, cree usted que eso sea posible?
Saludos,
Francisco Zúñiga
Hola! Disculpá que hasta ahora conteste. Pienso que puede haber factores natos o adquiridos de carácter físico que pueden afectar la propensión de una persona a actos violentos (he leído que puede haber una relación entre golpes en la cabeza y un incremento en la agresión, por ejemplo).
DeleteCreo que sí puede haber una predisposición a cierta conducta que viene con la personalidad de cada quien, pero no pienso que esto sea lo mismo que decir que algo es "genético". Le doy mucho más peso a factores ambientales y socioeconómicos.